Una vez realizado un análisis pormenorizado del riesgo de la entrada del virus en territorio nacional tras la declaración de varios focos en el Magreb, procede mantener las medidas preventivas en relación a los vehículos de transporte de mercancías establecidas en la Orden anterior de 19 de noviembre de 2015, realizando una serie de modificaciones a la prohibición de importación de productos de origen animal para adecuarlo al riesgo real de estos productos