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Nuevas normas para el control de subproductos animales no destinados al consumo humano en la práctica cinegética de caza mayor

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto por el que se establecen las normas de control de subproductos no destinados al consumo humano y de sanidad animal, en la práctica cinegética de caza mayor, que supondrá un paso más para el control del contagio de enfermedades entre las distintas especies susceptibles de animales domésticos y silvestres

Intervenciones asistidas por animales para ayudar a pacientes oncológicos

El pasado domingo se celebró el Día Mundial de la Lucha Contra el Cáncer y es importante destacar que a los pacientes que sufren de esta enfermedad, las terapias asistidas con animales les ayudan enormemente ya que, la compañía de animales hace que nuestro cuerpo genere oxitocina, que reduce el estrés y aumenta el umbral el dolor

Vídeo: El compromiso con el bienestar animal, elemento diferenciador en el sector porcino español, en el que los veterinarios juegan un papel esencial

El vídeo describe como las granjas de porcino españolas cumplen con la normativa europea en bienestar animal gracias a una fuerte inversión en investigación, la implantación de moderna tecnología y a la especialización de los trabajadores, entre los que los veterinarios destacan como profesionales formados para garantizar la salud y el bienestar animal, lo que hace que nuestro país sea el cuarto productor de porcino a nivel mundial y el segundo de la UE y ofrezca unos productos con los más altos estándares de calidad y seguridad

La Unión Europea retira el sorbato cálcico (E 203) de la lista de la Unión de aditivos alimentarios autorizados.

Recientemente se ha publicado el Reglamento (UE) 2018/98 de la Comisión, de 22 de enero de 2018, que modifica los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexo del Reglamento (UE) nº 231/2012 de la Comisión por lo que respecta al sorbato cálcico (E 203) que se retira como aditivo autorizado, lo que debe aplicarse debe aplicarse seis meses después de la entrada en vigor de la nueva normativa

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