El Gobierno aprueba el proyecto de la Ley del Medicamento: La norma que regula los fármacos veterinarios está lista para su recorrido parlamentario

 

El Consejo de Ministros ha aprobado en segunda vuelta la nueva Ley de los Medicamentos y Productos Sanitarios, una reforma que sustituirá el marco vigente desde 2015 y que incluye la regulación de los medicamentos veterinarios, aunque la ministra de Sanidad no ha abordado este ámbito durante su intervención.

El Gobierno ha dado luz verde este martes 21 de julio al texto. Con esta aprobación concluye técnicamente la fase de anteproyecto. La iniciativa será remitida ahora al Congreso de los Diputados como proyecto de ley para iniciar su tramitación parlamentaria, durante la que los grupos podrán presentar enmiendas.

La ministra de Sanidad, Mónica García, ha presentado la norma en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que también han participado la portavoz del Gobierno, Elma Saiz; la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, y el ministro de Industria y Turismo, Jordi Hereu.

García ha destacado que la ley aborda cuestiones “muy complejas y muy técnicas”, pero que terminan afectando a situaciones cotidianas, como el tiempo que tarda un paciente en acceder a un medicamento innovador o la respuesta de las administraciones cuando se produce un problema de abastecimiento.

La aprobación de este martes constituye la segunda vuelta del texto en el Consejo de Ministros. La primera se produjo el 8 de abril de 2025, cuando el Ejecutivo presentó la reforma como la primera actualización integral y estructural del sistema farmacéutico desde los años noventa.

La nueva norma sustituirá el texto refundido aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/2015, que actualmente regula tanto los medicamentos de uso humano como los veterinarios, junto con los productos sanitarios y las actividades relacionadas con su fabricación, distribución, prescripción, dispensación y control.

La intervención de Mónica García se ha centrado en las novedades relacionadas con los medicamentos de uso humano, la financiación, el acceso a la innovación y los problemas de abastecimiento.

No obstante, la ministra no ha hecho referencia este martes a las disposiciones sobre medicamentos veterinarios, a pesar de que este ámbito formaba parte del anteproyecto sometido a audiencia pública en abril de 2025.

VENTA DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS NO SUJETOS A PRESCRIPCIÓN

Aquel texto adaptaba la definición de medicamento veterinario al Reglamento (UE) 2019/6. Entre sus novedades más relevantes se encontraba una excepción a la incompatibilidad general entre el ejercicio clínico y la comercialización de medicamentos. La redacción de abril de 2025 permitía a los veterinarios en ejercicio clínico vender determinados medicamentos veterinarios cuando se destinaran exclusivamente a animales bajo su cuidado.

La autorización se limitaba a medicamentos que no necesitaran prescripción y estuvieran destinados a perros, gatos, hurones, conejos de compañía, pequeños roedores, animales de terrario, peces ornamentales, pájaros de jaula y palomas mensajeras, entre otras especies enumeradas expresamente.

La medida permitía que las clínicas vendieran los mismos tipos de medicamentos sin receta que ya podían comercializar determinados establecimientos minoristas del conocido como cuarto canal.

No suponía, sin embargo, que los veterinarios pudieran dispensar todos los medicamentos necesarios para los tratamientos de sus pacientes. Los productos sujetos a prescripción quedaban fuera de esta excepción.

El texto definitivo aprobado este martes todavía deberá hacerse público para comprobar si las disposiciones veterinarias incluidas en el borrador de abril de 2025 se mantienen sin cambios o han sido modificadas tras las alegaciones, el informe del Consejo de Estado y las negociaciones desarrolladas durante el último año. La tramitación parlamentaria abrirá además una nueva oportunidad para que los colegios, asociaciones y organizaciones veterinarias planteen cambios.

EL MINISTERIO DE SANIDAD NO PREVEÍA GRANDES CAMBIOS EN LA PRESCRIPCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

Sobre los cambios previstos, el secretario de Estado de Sanidad, Javier Padilla, ya aclaró el 14 de abril de 2025 que el Ministerio pretendía mantener la diferenciación entre la prescripción y la dispensación o venta de medicamentos, al considerarla necesaria para evitar posibles conflictos de interés.

Padilla señaló entonces que la futura ley no crearía un modelo diferente al existente, aunque podría abrir la puerta a la dispensación o cesión de algunos medicamentos cuando resultara fundamental para garantizar la atención clínica y la salud del animal.

Eso no significa que no haya habido ningún cambio, pues desde entonces la cesión de medicamentos por los veterinarios ha avanzado mediante una vía legislativa diferente. Y es que la Ley 7/2025, de creación de la Agencia Estatal de Salud Pública, modificó el Real Decreto 666/2023 para permitir que el veterinario ceda al responsable del animal los medicamentos necesarios para mantener un tratamiento iniciado cuando su continuidad pudiera quedar comprometida.

La norma permite además que, durante el acto clínico, el profesional entregue al responsable de un animal de compañía las unidades necesarias para completar el tratamiento, siempre que procedan de envases comercializados como fraccionables y se acompañen de información suficiente.

Esta cesión no equivale a una autorización general para vender medicamentos sujetos a receta. Se trata de una entrega limitada, vinculada al paciente, al acto clínico y a la continuidad de un tratamiento concreto.

La nueva Ley de los Medicamentos y Productos Sanitarios que llegará ahora al Congreso constituye un marco más amplio que esta modificación puntual. Regulará de forma estructural la autorización, fabricación, distribución, venta, farmacovigilancia y control de los medicamentos veterinarios.

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