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Colvema presenta alegaciones al borrador del anteproyecto de ley de protección, derechos y bienestar de los animales

Tras un exhaustivo análisis del borrador, el Colegio de Veterinarios de Madrid ha presentado un escrito de alegaciones en el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y, a la vez, se ha enviado al Consejo General de Colegios de Veterinarios de España, dando traslado de una serie de observaciones que propone que sean objeto de aclaracion o modificación

Viernes, 8 de abril de 2022

Desde el Colegio de Veterinarios de Madrid, en relación al Anteproyecto de ley por el que se regula la protección, derechos y bienestar de los animales, queremos manifestar inicialmente el apoyo a cualquier normativa encaminada al bienestar y protección de los animales de compañía, que además intente armonizar las distintas normativas autonómicas; no obstante, hemos realizado una serie de observaciones en aquellos aspectos que proponemos que deben ser objeto de aclaración o modificación. Por ello, Colvema ha presentado el escrito de alegaciones (VER TEXTO ÍNTEGRO), en el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y, a la vez, se ha enviado al Consejo General de Colegios de Veterinarios de España.

En la exposición de motivos se indica que: “el objetivo de esta Ley no es tanto el garantizar el bienestar de los animales evaluando las condiciones que se le ofrecen, sino el regular el reconocimiento y la protección de la dignidad de los animales”. En nuestra opinión, al eludir el bienestar animal, en el que sí existe consenso científico, y enfocar el texto bajo los derechos o dignidad de los animales, se dificulta la evaluación objetiva y se añade confusión y subjetividad.

Existen dudas respecto a qué animales se aplica, ya que hay contradicciones o definiciones poco claras respecto a animales de compañía, equinos, animales urbanos, etc. que esperamos se aclaren con el “listado positivo” a los que finalmente afecte.

Esta normativa dedica un amplio apartado a los programas CER (captura, esterilización y retorno) los cuales se han mostrado como una buena iniciativa en la gestión las colonias urbanas felinas. No obstante no establece las condiciones para que sean sostenibles, tanto en su relación con el entorno, como desde el bienestar de los animales que la integran.

Consideramos que no queda bien reflejada la figura del “veterinario especialista en medicina del comportamiento”, englobada dentro de un amplio grupo de “profesionales del comportamiento”, siendo necesario diferenciar los aspectos a desarrollar por cada uno.

Solicitamos que en los distintos comités y grupos de trabajo se refuerce la presencia de los veterinarios, como únicos titulados con capacidad para dictaminar en salud animal. De igual forma, tanto los cursos a los propietarios como las pruebas de sociabilidad de los animales deben estar diseñadas y supervisadas por los veterinarios y, en cualquier caso, sustentados en la evidencia técnica y científica.

Respecto a la prohibición de realizar una eutanasia por existir un tratamiento curativo o paliativo, o por problemas de conducta, por cuestiones económicas de los propietarios, por sobrepoblación en protectora o situaciones similares, entendemos que deben incorporarse criterios de excepcionalidad que permitan abordar estas situaciones especiales en las que, aunque exista alguna posibilidad de tratamiento, no resulte viable en las condiciones y circunstancias en las que se encuentra el animal y/o sus propietarios.

Esperamos que los posteriores trámites legislativos, consigan corregir y mejorar esta normativa.