El pasado lunes se cumplieron los 6 meses que se establecían en la DT 4ª del RD 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios, respecto de la comunicación de la información de las letras g), h), n) y s) del apartado 2 del anexo IV y es de plena aplicación la obligación de comunicación a PRESVET de todos los datos que figuran en el apartado 2 del Anexo IV para las prescripciones de antimicrobianos de especies de animales de producción y, en el caso de prescripciones veterinarias de antimicrobianos para animales de compañía, está diferida hasta el 2 de enero de 2025