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Entra en vigor el nuevo Real Decreto sobre certificación veterinaria oficial para exportación

El pasado 27 de enero entró en vigor el RD 993/2014 que regula las condiciones que deben cumplir los establecimientos que intervienen en la exportación, así como las bases de datos y registros gestionados por el MAGRAMA y establece mecanismos de coordinación entre las autoridades competentes en la certificación veterinaria para la exportación

Valencia acogerá el III Congreso Internacional de Calidad y Seguridad Alimentaria Acofesal 2015

La Asociación de Consultores y Formadores de España en Seguridad Alimentaria (ACOFESAL), celebrará en Valencia del 10 al 12 de junio, este congreso que pretende ser un encuentro entre todas las entidades y agentes intervinientes en el sector de la seguridad alimentaria, para ejercer de centro de confluencia en el conocimiento de las actividades más relevantes en su sector

Publicada en el BOE la extensión de norma para el sector de la carne de caza silvestre

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Orden AAA/32/2015 por la que se extiende el acuerdo de la Asociación Interprofesional de la Carne de Caza Silvestre (Asiccaza) al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria para realizar actividades sobre las producciones y los mercados de la carne de caza durante las temporadas cinegéticas 2014/2015, 2015/2016 y 2016/2017

Nuevas disposiciones para la identificación de productos vitivinícolas

La nueva norma contempla para los vinos con Denominación de Origen Protegida (DOP) y con Indicación Geográfica Protegida (IGP), la posibilidad de utilizar la mención “Embotellado en Origen”, cuando los vinos hayan sido embotellados en una empresa situada en la zona geográfica delimitada o en las inmediaciones de la zona geográfica delimitada, de acuerdo a la normativa comunitaria

Aprobados los requisitos de certificación veterinaria oficial para las exportaciones y creado el comité de certificación dependiente de la AECOSAN

En el Real Decreto 993/2014, que entró en vigor el 31 de diciembre, se establecen las obligaciones generales y la responsabilidad de cara a la exportación tanto de los exportadores como de los agentes certificadores, de los veterinarios oficiales de los Servicios de Inspección Veterinaria en Frontera, los únicos que emitirán los certificados veterinarios de exportación, y de los organismos independientes de control

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