El próximo 1 de enero va a entrar en vigor el Real Decreto 993/2014 que establecen el procedimiento y los requisitos de la certificación veterinaria oficial para la exportación se aplicará a todos aquellos productos para cuya exportación es necesario, por exigencia del país de destino, la emisión de un certificado veterinario, como animales vivos, productos de origen animal, productos para alimentación animal o productos zoosanitarios