La clienta publicó entre los meses de noviembre y diciembre de 2018 por medio de su perfil de la red social Facebook 'diferentes comentarios injuriosos en los que se refería voluntaria y conscientemente al veterinario y al hospital, con manifestaciones lesivas del derecho al honor y con publicidad, con ánimo de atentar contra el honor y prestigio profesional de los anteriores, que podían ser conocidos por cualquier persona que accediera a la redes sociales antedichas', recoge la sentencia emitida por el Juzgado de lo Penal número 2 de Elche