Continuando la línea de trasladaros una información actualizada sobre los temas de interés para la profesión derivados de la crisis del COVID-19, os comunico que el Real decreto Ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras de los servicios "no esenciales", mantiene la actividad de los centros o clínicas veterinarias (artículo 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo). y se establece en el punto 10 del Anexo del nuevo RD, que no resulta de aplicación el permiso retribuido recuperable a las personas trabajadoras por cuenta ajena de los centros, servicios y establecimientos de atención sanitaria a animales.
Es por ello que la opción de permiso retribuido recuperable no es de aplicación a Centros Clínicos Veterinarios, al ser considerados servicios esenciales.
Continuaremos informando cuando se produzcan novedades de interés, en este entorno normativo en permanente cambio, para adaptarse a la evolución de los acontecimientos que se van produciendo.