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Identificación
 
Identificación Perros y Gatos
Identificación Équidos
Servicio de envío a domicilio de material de identificación

 

        Identificación equina
 

La orden 8491/1998 de 30 de noviembre de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOCAM el 28 de diciembre de 1998 establece la obligatoriedad de que todos los caballos con residencia habitual o temporal en el ámbito territorial del Comunidad de Madrid estén identificados y registrados. Para ello se crean dos registros:

Registro de Establecimientos para le Equitación
Registro Oficial de Équidos

Ambos registros son gestionados por el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid, con una serie de requisitos.


Veterinario colaborador de équidos

El veterinario colegiado y en ejercicio que desee participar como colaborador en identificación de équidos, requisito imprescindible para realizar la identificación, deberá:

  • Rellenar la instancia de solicitud de Colaborador, que se consigue de forma gratuita en la sede del Colegio.
  • Demostrar el ejercicio activo de la profesión, presentando cualquiera de los siguientes documentos:
    • Contrato de trabajo
    • Impuesto de Actividades Económicas
    • Último pago/alta de autónomo
  • Demostrar que se está en posesión de un lector qe cumpla las normas ISO (lector de 15 dígitos), mediante:
    • Factura
    • Albarán
    • Escrito incluyendo el número del lector

Una vez entregada la documentación se le incluirá en la lista de veterinarios colaboradores, con la asignación de un número de colaborador.

Identificación

El Colegio proporciona el Impreso de Recogida de Datos para la identificación de équidos, sin embargo el material será proporcionado por la casa comercial de su elección.

Después de implantar el microchip y cumplimentar el Impreso de Recogida de Datos queda por triplicado:

  • Ejemplar para el Propietario
  • Ejemplar para el Veterinario
  • Ejemplar para la Base de Datos del Colegio


Aquellos équidos que tuvieran implantado un microchip con anterioridad a la normativa que dispuso su obligatoriedad únicamente llenaran el Impreso de Recogida de Datos, con el número de identificación que ya portan.

Además de la identificación la propia orden establece la obligatoriedad de notificar a la base de datos los traslados del animal, así como el fallecimiento.

Cambio de propietario

Desde febrero de 2001el Colegio Oficial de Veterinarios también ofrece la posibilidad de registrar los cambios de propietario. El documento necesario se puede recoger de forma gratuita en la sede del Colegio.

Registro de Establecimientos para la Equitación

Con el mismo número de colaborador se lleva a cabo el Registro de Establecimientos para la Equitación, un registro que utiliza el Servicio de Ganadería y Protección Animal, Consejería de Medio Ambiente de la CAM. El impreso también se puede adquirir en la sede del Colegio.

En este registro se establecen:

  • El tipo de explotación
  • Instalaciones
  • Propietarios
  • Especies acogidas
  • Programa de higiene y profilaxis
  • Programa de manejo
  • Programa de desinfección, desinsectación y desratización
  • Condiciones higiénico sanitarias
  • Gestión del estiércol

Al igual que en la identificación el documento se guarda por triplicado:

  • Ejemplar para el Propietario
  • Ejemplar para el Veterinario
  • Ejemplar para la Base de Datos del Colegio
Documentación básica

1.- Veterinario colaborador de équidos

  • Instancia
  • Demostración del ejercicio
    de la profesión
  • Demostración de posesión
    de lector

2.- Impreso de recogida de datos
de identificación

3.- Impreso de cambio de propietario

4.- Impreso de registro
de establecimientos

Tanto el Registro Oficial de Équidos como el Registro Oficial de Establecimientos para el Equitación son gestionados por el Colegio, sin embargo, los datos pertenecen a la Comunidad de Madrid.


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